Estimados clientes y amigos:
De acuerdo con la reforma a la Ley de Régimen Tributario Interno a partir del 16 de septiembre los servicios digitales gravarán IVA, por lo que el Servicio de Rentas Internas mediante Resolución No. NAC-DGERCGC20-00000053, estableció las normas para la retención, declaración y pago del IVA generado en la importación de servicios digitales, cuando los prestadores del servicio importado no actúen como agentes de percepción: