Estimados clientes y amigos:
Nos permitimos informarles que, el 06 de abril del 2020, el Servicio de Rentas Internas emitió la resolución No. NAC-DGERCGC20-00000027, en la cual establece que, por los nuevos porcentajes de retención vigentes en abril, los contribuyentes que emitieron comprobantes de retención electrónicos entre el 1 al 6 de abril, de acuerdo a los nuevos porcentajes de retención, podrán transmitirlos al SRI entre el 7 al 13 de presente mes, de lo contrario aparecerán como “NO AUTORIZADOS” y deben ser reenviados en las fechas indicadas.