Nos permitimos informarles que el Presidente de la República expidió el Decreto Ejecutivo 377, aún no publicado aún en el Registro Oficial, mediante el cual se reforman los artículos 72, 77, 81, 102 y 158 del Reglamento a la Ley de Régimen Tributario Interno y 6 del Reglamento de Aplicación al Impuesto a los Activos en el Exterior, todos los cuales se refieren a la fecha de declaración de impuestos ante el SRI.