Estimados clientes y amigos:
La Corte Constitucional ha analizado la constitucionalidad del artículo 19 de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario, referente al contrato especial emergente. Mediante la sentencia 49-20-IN/25, la Corte Constitucional del Ecuador ha eliminado la posibilidad de que el empleador finalice el contrato emergente sin reconocer la indemnización por despido intempestivo, ya que esto vulnera el principio de intangibilidad de los derechos laborales.